La Contraloría General advirtió que 120 directivos de libre designación y remoción del gobierno regional y municipalidades (provinciales y distritales) de Ayacucho, no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.
Además, evidenciaron que en 14 entidades públicas no se acreditó haber efectuado consulta alguna en las plataformas y registros para la verificación previa de impedimentos, en relación al acceso a la función pública de sus directivos públicos de libre designación y remoción.
74 funcionarios tienen responsabilidad en irregularidades institucionales
Según el Informe N° 21998-2023-CG/GRLIM-SOP, en los 21 informes de control se revelaron que en relación al cumplimiento de requisitos mínimos para acceder al cargo de directivos públicos, 120 directivos públicos de libre designación y remoción en 19 entidades supervisadas no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y experiencia, según lo establecido en la Ley N° 31419 y su reglamento, y los documentos de gestión de las entidades supervisadas.
También se identificó que, de las 21 entidades intervenidas, en 12 (57% del total) sobrepasaron el límite del 5% del total de cargos o puestos existentes para la designación de servidores de confianza. Este hecho no es acorde con la normativa vigente, que busca una administración pública moderna, jerárquica, profesional, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a los usuarios.
Adicionalmente, se identificó una entidad que superó el tope de 50 plazas de servidores de confianza y que no acreditó haber presentado la solicitud de excepción a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR).
Otro hallazgo relevante es que en 13 entidades intervenidas durante el operativo nacional no se actualizaron los instrumentos de gestión referidos al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Clasificador de Cargos, tal como lo dispone Ley Nº 31419, lo que provocaría el riesgo de no contar con directivos que cumplan requisitos acordes con la naturaleza y especialidad de cada entidad.
Otra de las observaciones es que 16 entidades públicas supervisadas en el operativo no cuentan con procedimientos formales de verificación de perfiles, lo que equivale al 76% del total supervisado.
Mientras que las 21 entidades púbicas (100 %) no cuentan con procedimientos formales para la designación de directivos. Esta situación debilita los mecanismos de control para el correcto proceso de designación de directivos en las entidades públicas que sean acordes con los fines públicos.
Para este operativo se desplegaron 39 auditores, distribuidos en 21 comisiones de control, que intervinieron en el gobierno regional, 11 municipalidades provinciales y 9 distritales.