En relación a este proceso judicial, el monseñor Salvador Piñeiro Calderón indicó que aguardará la decisión de los magistrados, y que como monasterio tiene el deber de defender al acusado por ser parte de la institución clériga.
“Yo no soy un experto en los temas jurídicos, pero me sorprende esta situación. Por eso confío en la decisión de los jueces, porque de por medio está la fama de una persona y el ministerio de un sacerdote que también tengo que cuidar”, detalló.
Asimismo, informó que el cuestionado sacerdote recibirá el apoyo legal correspondiente. “Espero que con la técnica del abogado defensor lleguemos a un feliz entendimiento. A mí también me han dicho embustero, pero en mi vida no hay dobles”, expresó.
En cuanto a la anulación de la resolución, el abogado defensor del acusado dijo que se tienen pruebas que se remontan a finales del año 2016 a consecuencia del fallecimiento del padre Javier Obón, quien tenía la responsabilidad administrativa del seminario.
Indicó que, conforme a las investigaciones, uno de los motivos para que se den estas graves imputaciones contra Félix Pariona es el robo de unos acros, los cuales fueron hallados en el domicilio del progenitor de la presunta agraviada y que el clérigo puso en conocimiento al seminario.
Se sabe que el padre Javier era una persona que cumplía un rol de padre con la supuesta víctima a quien le pagaba la mensualidad del colegio y otros gastos personales. Lamentablemente, cuando dejó de existir este apoyo le fue denegado por el nuevo sacerdote, y que en respuesta la familia habría tomado “venganza”.
El abogado del Arzobispado argumentó que cuando se interpuso la denuncia contra Félix Pariona esta se hizo efectivo por el delito de tocamientos indebidos y nunca por violación sexual. No obstante, en el Certificado Médico Legal la víctima habría dado una versión indicando que fue ultrajada hasta en cuatro oportunidades, realizando imputaciones que no estaban enmarcadas a la acusación.
La parte defensora considera que en los delitos contra la libertad sexual no debe haber muchas contradicciones, pero que, de acuerdo a las diligencias efectuadas durante el proceso, se habrían identificado varias falencias no justificadas por la agraviada, y que estas se demostrarían en la Cámara Gesell, donde informó que fue abusada hasta en seis ocasiones.
Otro de los aspectos que consideran incongruentes es en relación a una enfermedad de transmisión sexual que el sacerdote nunca lo adquirió, en caso de que habría mantenido relaciones sexuales con la menor, quien presuntamente fue diagnosticada con algún mal. Además, del test psicológico a la cual fue sometida la víctima, donde se determinó un trastorno y rechazo para mantener relaciones sexuales.
Sin embargo, en febrero de 2017 le habrían hallado restos de espermatozoides, cuando en un primer momento aseguró que nunca mantuvo intimidad con alguien.
LA OTRA PARTE
Como se recuerda, Willy Alejandro Córdova, abogado de la menor en el proceso penal, indicó que la nulidad de la sentencia de primera instancia estuvo basada en que no se valoró las pruebas de forma parcial y que ello afecta al derecho de defensa y motivación de la persona.
De igual modo, refirió que se dejó de lado la declaración del hermano de la agraviada, quien habría visto como el imputado le realizaba actos contra el pudor.
Enfatizó que el nuevo Tribunal llamará a juicio oral y que de nuevo se debatirá todos los temas y acusaciones, y que la notificación de la resolución del expediente regresó a primera instancia y se asignará a nuevos jueces que asumirán el caso.
DATOS: Es preciso señalar que, este proceso viene desde hace varios años, en la cual ambas partes consideran ser inocentes. En esa línea, solo se aguarda el cumplimiento de las disposiciones jurisdiccionales para dar un veredicto final que no lleve a otras contradicciones y procesos.



