El defensor advirtió que no existe ninguna normativa que exija que el DNI de cualquier ciudadano que desee donar sangre deba encontrarse vigente. Por el contrario, dijo que la normativa vigente señala que la caducidad de dicho documento no es obstáculo para la participación de la ciudadanía en actos civiles, comerciales, administrativos, notariales, entre otros.
“El Decreto Legislativo N° 1246-2016 prohíbe que el vencimiento del DNI sea motivo para impedir la participación de cualquier persona en un acto administrativo y los servidores públicos que incumplan con esta norma podrán ser sancionados de acuerdo con la gravedad del hecho”, detalló.
En otro momento, recordó que la vigencia de los DNI vencidos fue prorrogada excepcionalmente hasta junio de este año, por resolución del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Indicó, además, que ningún ciudadano debe dejar de ser atendido por este motivo.
Vale precisar que son decenas los pacientes en el hospital, quienes vienen solicitando de donantes de sangre por sufrir de enfermedades, complicaciones a su salud o accidentes.



