tráfico en agravio del Estado.
El hoy sentenciado, a DOCE AÑOS con nueve meses de Pena Privativa de Libertad Efectiva, Frahy Walter Taipe Llantoy, el 06 de diciembre del 2018, alquiló el vehículo de Placa de Rodaje AEY- 833, por el período comprendido del 06 de diciembre al 20 de diciembre del 2018, para realizar actividades de transporte.
Taipe Llantoy en compañía de una persona conocida como “Culebra”, acondicionaron la droga en el interior del tanque de combustible del vehículo en mención. Siendo intervenido por efectivos policiales de la DIVIANDRO- DIVID-DIQ en el trayecto de la vía San Francisco- Ayacucho, al frontis del puesto de control policial de San Cruz de Machente y logrando ubicar en el vehículo 53 paquetes de pasta básica de cocaína, con un peso neto de 49.265 kilogramos.
Al respecto, dictada la sentencia por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de VRAEM-Sede Kimbiri- Ayacucho, que disponía el decomiso de la unidad vehicular en mención, el abogado de la defensa del tercero (interviniente accesitario) Juan Marín Taype Huamaní, interpuso recurso impugnatorio de apelación, en el extremo que dispone el decomiso del vehículo. Argumentando, que el vehículo no es un instrumento del delito, debido a que el hoy sentenciado lo alquiló para labores de transporte lícito y en ningún momento el propietario había prestado su consentimiento, pues ha actuado de buena fe.
Siendo así y por los fundamentos esgrimidos, los magistrados a cargo desestimaron los agravios del vehículo y confirmaron el extremo recurrido respecto al decomiso definitivo de la unidad vehicular al DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación formulado por el abogado de la defensa del tercero (interviniente accesitario) Juan Marín Taype Huamaní, puesto que es evidente, que el vehículo afectado ha sido un instrumento para la comisión del delito de Tráfico Ilícito de drogas Y por lo que se declaró el decomiso definitivo de bien mueble vehículo modelo Hilux, marca Toyota, color turquesa, con Placa de Rodaje AEY-833, que pasará al estado a través de PRONABI.



