El Congreso de la República promulgó por insistencia la Ley N.º 32492, que reconoce y regula a los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural (CAD), organizaciones creadas de manera voluntaria por los propios pobladores en zonas declaradas en estado de emergencia.
La norma busca dar un marco legal claro a estos comités, precisando su rol en la protección comunitaria, el apoyo a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP), y la prevención de la infiltración de grupos terroristas o del narcotráfico.
De acuerdo con la ley, los CAD son organizaciones civiles, pacíficas y democráticas, subordinadas al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Solo podrán operar mientras dure el estado de emergencia en su jurisdicción y deberán estar acreditados por los comandos militares y registrados en sus municipalidades.
Entrega y control de armas
Las armas y municiones serán proporcionadas y controladas exclusivamente por las Fuerzas Armadas. Se permitirá el uso de escopetas de caza, de un solo tiro, y únicamente dentro del ámbito territorial del comité. Los integrantes deberán recibir capacitaciones sobre uso responsable de armamento.
Sin embargo, especialistas advierten que la entrega de armas podría generar enfrentamientos o uso indebido si no existe un control estricto, además de riesgos de tráfico o pérdida de armas, así como posibles afectaciones a los derechos humanos.
Participación y asistencia legal
La norma permite que ciudadanos mayores de edad integren los CAD de manera voluntaria. Asimismo, los jóvenes en edad militar podrán cumplir un año de servicio en estos comités, que será considerado como servicio militar voluntario no acuartelado.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos brindará asistencia legal gratuita a los miembros de los CAD a través de los Centros de Atención Legal Gratuita (Alegra).
El Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de la ley en un plazo máximo de 30 días, y los comités existentes tendrán 60 días para adecuarse a las nuevas disposiciones.
Contexto y antecedentes
La Ley 32492 reemplaza a la anterior Ley 31494, declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional en septiembre de 2024 por desnaturalizar los CAD, afectar a las rondas campesinas y omitir la consulta previa.
En el VRAEM, zona actualmente bajo prórrogas de emergencia, la activación de estos comités podría reabrir el debate sobre la militarización del territorio, el riesgo de superposición con rondas campesinas y la Policía, y los impactos en los procesos civiles de desarrollo y erradicación de coca promovidos por DEVIDA y la UNODC.
Organismos como la Defensoría del Pueblo advirtió que la entrega de armas a organizaciones civiles puede vulnerar el monopolio estatal del uso de la fuerza y afectar los derechos de pueblos indígenas.



