Explicó que para aplicar estas sanciones las municipalidades deberán modificar a un corto plazo sus ordenanzas a fin de que se dispongan las multas o suspensiones, para las instituciones que no quieran acatar estas normativas.
Se advirtió que no en todas las entidades se estaría exigiendo dicho documento, ya sea físico o virtual, por lo que podrían ser sancionados con una multa de hasta 880 soles: en tanto, el local sería clausurado por la municipalidad de su jurisdicción.
Sin embargo, para ello las entidades ediles deberán efectivizar estas multas en una sesión de concejo municipal, cumpliendo con todas las vías legales en el marco de sus competencias.
En relación a las quejas de ciudadanos a quienes no les dejan ingresar a espacios cerrados por no contar con las dos dosis, el defensor refirió que la norma es clara y que deben ser cumplidas por ser un mandato que viene del mismo Ejecutivo.