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Corte IDH ordena al Perú detener ley de amnistía

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 29 de julio de 2025 una resolución urgente en la que ordena al Estado peruano suspender de inmediato el trámite del proyecto de ley que otorgaría amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y comités de autodefensa involucrados en la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000.

Según el documento firmado por la presidenta del tribunal, Nancy Hernández López, si el Congreso peruano no paraliza el proceso, el sistema judicial nacional deberá abstenerse de aplicar la norma en los casos emblemáticos de Barrios Altos y La Cantuta.

La resolución precisa que la medida busca evitar que la futura ley tenga efectos jurídicos antes de que la Corte evalúe a fondo una solicitud de ampliación presentada por los representantes de los deudos.

Disponer que la ley no surta efectos jurídicos hasta que la Corte cuente con todos los elementos necesarios y se pronuncie sobre el fondo”, reza el fallo.

Para los familiares de las víctimas, el avance de esta norma representa un grave retroceso en materia de derechos humanos. “Los familiares tenemos derecho a la justicia y es un derecho que está consagrado también como parte de la Constitución; sin embargo, esta ley lo que hace es arrebatarnos ese derecho”, declaró Gisela Ortiz, hermana de Luis Ortiz Perea, uno de los estudiantes desaparecidos por el Grupo Colina. Según explicó, la norma permitiría que personas mayores de 75 años no cumplan sus condenas y que incluso casos sin sentencia puedan ser archivados.

En respuesta, el Ministerio de Justicia emitió un comunicado alegando que la Corte IDH “excedió sus competencias” y que su decisión “contraviene el derecho internacional”. No obstante, el Perú forma parte del sistema interamericano de justicia, cuyas resoluciones son vinculantes por los tratados que ha firmado.

El ministro de Justicia, Juan Alcántara Medrano, también cuestionó públicamente la resolución. “Entonces, ¿cómo la Corte IDH nos va a decir ‘no hagan esto’? No es una ley ni ha sido sometida a la jurisdicción interna por personas afectadas”, sostuvo en declaraciones a El Comercio.

La Corte ha citado a una audiencia pública presencial para el 21 de agosto en su sede en San José, Costa Rica. En la sesión participarán el Estado peruano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los representantes legales de los familiares de las víctimas. Se debatirá la ampliación de las medidas provisionales vigentes y el posible impacto jurídico de la ley sobre las sentencias emitidas por el tribunal en los casos Barrios Altos (2001) y La Cantuta (2006).

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