Al respecto, el titular de la Dirección Desconcentrada del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci – Ayacucho) Juan Carlos Arenas Gálvez, manifestó que los gobiernos locales tienen la obligación de garantizar un adecuado almacén con bienes de ayuda humanitaria a fin de atender a las personas afectadas por las intensas lluvias.
“Según las normas existen cinco niveles de emergencia. El primero lo ven los distritos, el segundo la provincia, el tercero el gobierno regional, el cuarto lo sigue conduciendo el GORE, pero ya coordina con el gobierno central y el quinto ya coordina directamente el gobierno nacional”, explicó Arenas.
En ese sentido, el funcionario subrayó que es necesario que los alcaldes distritales o provinciales implementen un almacén con techo, abrigo, herramientas, enseres e inclusive alimentos perecibles y no perecibles.
En tanto, recordó que las acciones de monitoreo y verificación de los almacenes continuarán entre las instituciones del Indeci, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, con la finalidad de hacer cumplir las óptimas condiciones de cada espacio.
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En relación a este tema, el defensor del Pueblo, Gustavo Pacheco- Villar, aseveró que los alcaldes no solo tienen la obligación de instalar su plataforma de Defensa Civil o de grupos de trabajo, sino la de gestionar y hacer el uso adecuado de los recursos que otorga el Estado, para la atención de emergencias.
Asimismo, refirió que corresponde a los gobiernos locales a identificar al número de familias, de instituciones educativas, viviendas y establecimientos de salud que se encuentran en riesgo o peligro inminente por lluvias.
“Los alcaldes deben estar listos para las intervenciones en materia de prevención, reducción de riesgos y preparación, así como programar y ejecutar las intervenciones con articulación territorial y con mayor prioridad considerando los niveles de exposición alta y muy alta por cada tipo de peligro específico”, detalló.
Pacheco recordó que, tras una última inspección efectuada en los municipios de Huamanga, Carmen Alto, Jesús Nazareno, Andrés Avelino Cáceres, y San Juan Bautista, se comprobó que los almacenes de ayuda humanitaria carecen de alimentos y en algunos casos tampoco tienen la suficiente cantidad de bienes para atender a la población afectada.
DECLARATORIA
En cuanto a la declaratoria de emergencia a 44 distritos de la región Ayacucho por impacto de daños ante intensas precipitaciones pluviales, Juan Carlos Arenas Gálvez informó que dicha normativa permite a los alcaldes a realizar modificaciones presupuestales hasta el 10 por ciento de sus fondos.
“Esta ley nos permite realizar modificaciones presupuestales con nuestro propio presupuesto y atender la emergencia donde hubo impactos de daño en carreteras, en agricultura, en viviendas, entre otros”, puntualizó.
Informó que este proceso consiste en que las direcciones regionales del Gobierno Regional efectúen las coordinaciones respectivas con los diferentes ministerios a fin de que la ayuda pueda llegar a los damnificados.
Agregó que el reporte de los daños lo maneja el Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER) mediante las fichas EDAN.