Continuará estado de emergencia Nacional hasta el 31 de diciembre

El Poder Ejecutivo determinó seguir con el estado de emergencia desde el uno al 31 de diciembre, y la inmovilización social obligatoria será desde las 12 a.m. hasta las 4 a.m. En este caso se dio a conocer la apertura de los templos y lugares de culto será con aforo que no podrá superar el tercio de la capacidad total.
Esta nueva medida fue dispuesto en el Decreto Supremo N°184-2020-PCM, donde se amplió el Estado de Emergencia Nacional por 31 días, medida que aún debe seguir en la nueva convivencia social.
RESTRICCIONES: se encuentra restringido el ingreso de menores de edad a los centros comerciales, al igual que las reuniones sociales, a fin de evitar el incremento de contagios del covid-19; de la misma forma, los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles u otra actividad que implique la aglomeración de personas.
Respecto a la norma que autoriza la apertura de los templos y lugares de culto para recibir a los miembros, fieles y público en general, con un aforo no mayor al tercio de su capacidad total; asimismo, las entidades religiosas podrán celebrar sus ritos y prácticas religiosas de naturaleza colectiva, de acuerdo a los protocolos establecidos.
DATO: Sobre el uso de playas, el decreto precisa que durante la primera etapa, específicamente para la región de Lima y Callao, no se hará uso de las playas, con excepción de la realización de deportes acuáticos sin contacto, tales como surf, vela remo, entre otros.
En ese sentido, de lunes a jueves, días en los que se autoriza el ingreso a las zonas colindantes con el mar, los ciudadanos deberán mantener el distanciamiento físico, usar las mascarillas y las demás medidas de bioseguridad.