‘Magníficos ediles’ podrían dejar la cárcel tras liberación de Mario Ochoa Janampa
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Martes, 11/01/2022
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> Peligra prisión para el resto de los implicados en el caso.
Jornada | Redacción
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Los integrantes de la banda criminal conocida como los "Magníficos ediles", podrían salir en libertad tras la liberación de uno de los imputados, Mario Ochoa Janampa, quien presentó recientemente el recurso de la cesación de prisión preventiva (con la finalidad de seguir el proceso en libertad), obteniendo la comparecencia restringida.
Como se sabe, Ochoa Janampa, junto a otras exautoridades y exfuncionarios, son procesados por los delitos de colusión agravada y de pertenecer a una organización criminal, entre otros, bajo la premisa de que se presentaron nuevos elementos de convicción (indicios, sospechas) los cuales presuntamente desvirtuarían los justificantes para su encierro.
Tras la emisión de la resolución ocho, debe concluir que en el presente caso no existen fundados y graves elementos de convicción respecto al delito de Pertenencia a una Organización Criminal” (Pág. 06 de la Resolución Ocho). Así también, el magistrado a cargo basó el mencionado documento en una pericia de parte (presentada por el investigado), tomando en consideración que, según esta pericia, el proceso de licitación no estaría direccionado: “a través del nuevo elemento de prueba (Informe Pericial), presentado por la defensa, se ha determinado que no habrían existido irregularidades en las bases del proceso de selección…” (Pág. 06 de la Resolución Ocho).
En ese sentido, el magistrado luego de revisar los fallos de primera y segunda instancia (auto y autos de vista de la prisión preventiva) refiere que en la presente causa no existen fundados y graves elementos de convicción respecto al delito de pertenencia a una organización criminal.
Tal argumento desvirtúa el proceso y al parecer, quiebra el principio de imparcialidad y deja un precedente negativo en la lucha contra la corrupción; así como se pone en tela de juicio el fallo reexaminado por la Sala Penal de Apelaciones en su momento, provocando un grave retroceso en el caso, a pesar de las audiencias desarrolladas en estricto cumplimiento del debido proceso. Dicha decisión fue impugnada por la Fiscalía Anticorrupción.
Si la apelación de Fiscalía Anticorrupción no procede, podrían salir en libertad el resto de imputados implicados en los “Magníficos Ediles”, debido a que cada fallo queda como criterio para otros procesos similares (observancia obligatoria), por lo que prontamente tendremos libres a varios imputados con prisión preventiva por delitos de corrupción en Ayacucho, así como en otros lugares del país.
Trascendió que no es posible el retroceso del proceso en una instancia como un Juzgado de Investigación Preparatoria, es decir, no se puede poner en tela de juicio los criterios que tomaron los anteriores Juzgados en primera y segunda instancia, a excepción del principio de la doble instancia, por el cual un superior jerárquico puede revocar una sentencia firme, que en este caso no lo es.
El día de hoy se deberá emitir el fallo respecto a la apelación. Como se conoce, la Fiscalía Anticorrupción pidió 36 meses de prisión preventiva para Adriel Valenzuela, Gregorio Cabrera, Juan Carlos Vásquez, Edwin Ramírez Miranda y otros, quienes hasta ahora están recluidos 12 meses. Durante este tiempo se han presentado varios elementos de convicción razonables: documentos de licitaciones, movimientos bancarios, escuchas de llamadas telefónicas, entre otros, los cuales justificaban el encierro de los imputados para impedir una posible fuga y no poner en peligro el debido proceso (evitar que se distorsionen documentos, riesgo a testigos, etc). Si los implicados salen libres podrán seguir el proceso en cualquier lugar del Perú, en total libertad, cuando por mucho menos perjuicio al Estado se han visto prisiones preventivas igual de severas.
Tras la emisión de la resolución ocho, debe concluir que en el presente caso no existen fundados y graves elementos de convicción respecto al delito de Pertenencia a una Organización Criminal” (Pág. 06 de la Resolución Ocho). Así también, el magistrado a cargo basó el mencionado documento en una pericia de parte (presentada por el investigado), tomando en consideración que, según esta pericia, el proceso de licitación no estaría direccionado: “a través del nuevo elemento de prueba (Informe Pericial), presentado por la defensa, se ha determinado que no habrían existido irregularidades en las bases del proceso de selección…” (Pág. 06 de la Resolución Ocho).
En ese sentido, el magistrado luego de revisar los fallos de primera y segunda instancia (auto y autos de vista de la prisión preventiva) refiere que en la presente causa no existen fundados y graves elementos de convicción respecto al delito de pertenencia a una organización criminal.
Tal argumento desvirtúa el proceso y al parecer, quiebra el principio de imparcialidad y deja un precedente negativo en la lucha contra la corrupción; así como se pone en tela de juicio el fallo reexaminado por la Sala Penal de Apelaciones en su momento, provocando un grave retroceso en el caso, a pesar de las audiencias desarrolladas en estricto cumplimiento del debido proceso. Dicha decisión fue impugnada por la Fiscalía Anticorrupción.
Si la apelación de Fiscalía Anticorrupción no procede, podrían salir en libertad el resto de imputados implicados en los “Magníficos Ediles”, debido a que cada fallo queda como criterio para otros procesos similares (observancia obligatoria), por lo que prontamente tendremos libres a varios imputados con prisión preventiva por delitos de corrupción en Ayacucho, así como en otros lugares del país.
Trascendió que no es posible el retroceso del proceso en una instancia como un Juzgado de Investigación Preparatoria, es decir, no se puede poner en tela de juicio los criterios que tomaron los anteriores Juzgados en primera y segunda instancia, a excepción del principio de la doble instancia, por el cual un superior jerárquico puede revocar una sentencia firme, que en este caso no lo es.
El día de hoy se deberá emitir el fallo respecto a la apelación. Como se conoce, la Fiscalía Anticorrupción pidió 36 meses de prisión preventiva para Adriel Valenzuela, Gregorio Cabrera, Juan Carlos Vásquez, Edwin Ramírez Miranda y otros, quienes hasta ahora están recluidos 12 meses. Durante este tiempo se han presentado varios elementos de convicción razonables: documentos de licitaciones, movimientos bancarios, escuchas de llamadas telefónicas, entre otros, los cuales justificaban el encierro de los imputados para impedir una posible fuga y no poner en peligro el debido proceso (evitar que se distorsionen documentos, riesgo a testigos, etc). Si los implicados salen libres podrán seguir el proceso en cualquier lugar del Perú, en total libertad, cuando por mucho menos perjuicio al Estado se han visto prisiones preventivas igual de severas.
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