La denuncia de un consejero regional, sobre la presencia de tres funcionarios de confianza laborando en el gobierno regional, requiere de una inmediata investigación, ya que su presencia, de ser cierta la denuncia, está en contra de lo que dispone el Compendio normativo sobre los impedimentos para el acceso a la función pública.
La misma constitución del Perú señala claramente, que están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
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Así de simple. Los funcionarios de confianza no ingresan a través de un concurso de méritos, que es la forma como se ingresa a trabajar para el estado. Son designados directamente por el titular, en este caso el gobernador regional. Es no excluye que deban declarar que no se encuentran impedido de ser designados a cargos de confianza y, es más, indicar si tienen una condena en primera instancia, incluso, señalando si han presentado una apelación.
Los tres funcionarios, de acuerdo a la manifestación de un consejero regional, debieron consignar en su expediente, para ser designados a los cargos de confianza, esta información. Si no han hecho, podría calificarse como falsificación genérica e ideológica, que sería un agravante para ellos, ya que están percibiendo dinero del estado, cuando están impedidos de trabajar en el sector público.
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La primera acción que debería realizar el gobierno regional, es explicar como y en que condiciones estos tres funcionarios, fueron designados en cargos de confianza. Esta es una responsabilidad al mas alto nivel, y ante la ausencia del gobernador y la inoperancia de la vicegobernadora, corresponde al gerente regional dar estas explicaciones.
De ser cierta la situación de los tres funcionarios, la separación de los tres es inevitable, además de abrirles proceso para que devuelvan lo percibido en todo el periodo que ejercieron estos cargos, para los cuales estaban inhabilitados. No es una situación agradable, pero lamentablemente, así es la ley.
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Pero no sólo están implicados los tres funcionarios señalados por un consejero. Del gobernador para abajo, pasando por el gerente regional, y de manera especial, la gerencia de recursos humanos, quienes deben evaluar, no sólo el perfil profesional, idoneidad y experiencia previa para ocupar el cargo, sino la probidad del funcionario.
Si ellos no consignaron la sentencia, bastaba buscar en las plataformas del estado, si estos funcionarios estaban impedidos o no de asumir los cargos de confianza propuestos.



