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Caso Colcabamba: no hallaron droga y dispararon otra vez contra quienes seguían con vida, según Fiscalía

La camioneta ya no avanzaba. Había quedado empotrada contra un árbol al borde de la carretera Huanta-Colcabamba y, dentro de ella, varios ocupantes estaban muertos o gravemente heridos. Según la reconstrucción de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo de Junín, en ese momento ya no existía ninguna amenaza para los militares. Aun así, los efectivos se acercaron, abrieron las puertas y revisaron el vehículo en busca de droga. No encontraron nada. Se retiraron unos instantes y luego regresaron para disparar de nuevo.

No se trata del relato de uno de los sobrevivientes, sino de la versión oficial del Ministerio Público, sustentada en pericias, testimonios y documentos, y firmada por el fiscal Johel Jhenner Chamorro Macukachi.

La secuencia reconstruida por la Fiscalía

Los hechos ocurrieron a las 4:14 de la madrugada del 25 de abril de 2026. Ocho integrantes de la Compañía Especial de Comandos ‘Pachacútec’ N.° 31 del Ejército del Perú, con pasamontañas y armados con fusiles SCAR-L calibre 5.56 mm, interceptaron una camioneta Toyota Hilux de placa W4A-866 cerca del puente Milenio, en el sector Pongor, distrito de Colcabamba. En el vehículo viajaban ocho personas que, según la investigación, desconocían la existencia del operativo.

En la formalización de la investigación, el fiscal divide el ataque en tres momentos.

El primero ocurrió cuando los militares intentaron detener la camioneta mientras aún estaba en movimiento.

El segundo se produjo después de que el vehículo chocara contra un árbol y quedara inmovilizado. En ese instante, Cristian Vilcatoma Águila intentó salir por la puerta del copiloto, pero fue abatido. Ricardo Jampier Acuña Quispe, que viajaba en la tolva, saltó hacia el barranco y corrió unos cien metros. La investigación sostiene que recibió disparos durante la huida. Como evidencia, el Informe Pericial de Balística Forense registró impactos en una planta de penca ubicada a 9,40 metros del precipicio.

El tercer momento es el que la Fiscalía considera más grave. Afirma que, con la camioneta ya detenida y sin representar peligro, los militares se acercaron, abrieron las puertas y revisaron el interior buscando la supuesta droga que motivó el operativo. Al no hallar ninguna sustancia ilícita, se alejaron por unos instantes y regresaron para disparar nuevamente contra el vehículo y contra quienes seguían dentro.

Durante esa secuencia, Jhonatan Águila Gutiérrez, que fingía estar muerto para salvar su vida, recibió un roce de bala en la cabeza y otro impacto en la región glútea.

Una vez que la camioneta chocó contra un árbol y ya no representaba ningún riesgo para los militares, estos volvieron a abrir fuego, según sostiene la Fiscalía.

La alevosía, según la Fiscalía

El Ministerio Público no atribuye un homicidio simple, sino homicidio calificado con la agravante de alevosía, prevista en el artículo 108 del Código Penal. Para sostener esa calificación cita la Casación N.° 734-2019 Loreto de la Corte Suprema, que establece tres elementos concurrentes.

El primero es el ocultamiento. Los tres sobrevivientes declararon que nunca advirtieron la presencia de los militares antes del ataque y que solo escucharon disparos provenientes de distintos puntos. Además, los efectivos utilizaban pasamontañas, por lo que nadie dentro de la camioneta pudo identificarlos.

El segundo elemento es la ausencia de riesgo para los agresores. Según la investigación, ocho militares entrenados y equipados con fusiles de guerra, lanzagranadas, visores nocturnos y 3.320 municiones actuaron de manera coordinada desde posiciones previamente establecidas. En cambio, las personas que viajaban en la camioneta iban en un vehículo civil, desconocían el operativo y no portaban armas. La Fiscalía sostiene que no se encontró ninguna arma ni dentro del vehículo ni en los alrededores.

El tercer elemento es el estado de indefensión de las víctimas. La investigación señala que fueron sorprendidas por el ataque y que esa condición se agravó cuando la camioneta quedó empotrada contra el árbol, con varios ocupantes heridos o atrapados. Ricardo Acuña fue alcanzado por disparos mientras intentaba escapar y Jhonatan Águila recibió impactos cuando permanecía dentro del vehículo inmovilizado.

La Fiscalía también concluye que los disparos no estuvieron dirigidos a zonas de neutralización, sino a áreas de alta letalidad. El Reporte Integrado de Necropsias Médico-Legales, elaborado bajo el Protocolo de Minnesota, describe una concentración de impactos en cabeza y tórax, regiones donde se ubican órganos vitales.

Lo que revelan las necropsias

El ciudadano colombiano Nilson Eduardo Montenegro Valencia, quien conducía la camioneta, recibió 51 impactos de bala. La necropsia describe fractura conminuta occipitotemporal con exposición de masa encefálica, laceración pulmonar, hemotórax bilateral y múltiples lesiones internas. La causa de muerte fue un traumatismo torácico por proyectil de arma de fuego.

Cristian Vilcatoma Águila presentó 16 orificios de bala. El informe señala fracturas en la cuarta y quinta vértebras dorsales, laceración del lóbulo superior del pulmón derecho, infiltrado hemático y edema pulmonar congestivo. Murió cuando intentaba salir por la puerta del copiloto.

Wilder Romero Sevipaucar recibió 12 impactos. William Núñez Soto presentó ocho; la necropsia registra laceraciones en pulmón y corazón, hemotórax derecho con aproximadamente 1.500 centímetros cúbicos de sangre en la cavidad pleural y hemopericardio de 200 centímetros cúbicos. Jaime Bendezú Paraguay recibió tres impactos.

Además, la documentación revisada contiene un dato pericial. La necropsia de una de las víctimas, describe dos orificios de entrada en la región costal izquierda con signos de quemadura alrededor de las heridas, un hallazgo compatible con disparos realizados a corta distancia. La causa de muerte fue consignada como laceración encefálica y fracturas polifragmentarias de la base y bóveda craneana por politraumatismo ocasionado por proyectil de arma de fuego a corta distancia.

En total, la camioneta presentó 76 orificios de entrada, 43 de salida y 21 de reingreso.

Según las pericias, el conductor colombiano de la camioneta recibió 51 impactos de bala, de acuerdo con la necropsia incorporada a la investigación fiscal.

Lo que ocurrió después

Según la Fiscalía, tras esa tercera secuencia de disparos, los militares volvieron a revisar la camioneta y confirmaron nuevamente que no había droga. Después, siempre de acuerdo con la investigación, colocaron municiones de 9 mm para arma corta dentro del vehículo, alterando la escena e incorporando elementos que buscaban respaldar la legalidad de la intervención.

Cuando advirtieron que Eber Soto Quispe seguía con vida, lo sacaron del vehículo y lo interrogaron apuntándole con sus armas sobre el supuesto cargamento de droga. Solo después recibió atención médica.

Jhonatan Águila, por su parte, permaneció inmóvil, fingiendo estar muerto e incluso conteniendo la respiración mientras observaba lo que ocurría a su alrededor.

El silencio

La Fiscalía ha solicitado 18 meses de prisión preventiva para los ocho investigados y sostiene una prognosis de 35 años de pena privativa de libertad efectiva, aplicando el sistema de tercios y el concurso ideal entre homicidio calificado consumado, por cinco víctimas, y homicidio calificado en grado de tentativa, por los tres sobrevivientes.

Entre el 19 y el 22 de mayo de 2026, los ocho investigados se acogieron a su derecho al silencio y no brindaron declaración.

El Ministerio Público considera que los hechos constituyen una grave violación de derechos humanos, lo que implica la aplicación de estándares de la Corte Interamericana y la posibilidad de una eventual responsabilidad del Estado peruano ante el sistema interamericano.

Asimismo, sostiene que la operación se ejecutó fuera de un estado de emergencia y sin el marco legal que autoriza la participación de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno, conforme al Decreto Legislativo N.° 1095.

La audiencia en la que se evaluará el pedido de prisión preventiva aún está pendiente.

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