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Candidatura de José Romero, de Somos Perú, en manos del pleno del JNE

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huamanga decidió excluir al candidato a la Cámara de Diputados, por Somos PerúJosé Romero Oscco (N.° 2), tras determinar que omitió declarar una sentencia penal en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV).

El fiscalizador electoral informó al JEE que el postulante no consignó una sentencia por el delito de conducción en estado de ebriedad o drogadicción. El reporte incluyó documentación remitida por la Corte Superior de Justicia de Lima sobre el Expediente 03259-2023-0-1826-JR-PE-06.

El 18 de febrero se abrió procedimiento sancionador por una presunta causal de exclusión establecida en el reglamento electoral. La norma obliga a los candidatos a declarar cualquier sentencia por delito doloso, sin excepción por cumplimiento de pena o rehabilitación

En su resolución, el JEE concluyó que Romero tenía pleno conocimiento de la información consignada en su hoja de vida y que, pese a ello, no declaró la sentencia. El órgano electoral precisó que la obligación de informar no depende de si el candidato ya cumplió la condena, sino de la existencia misma de la sentencia. Por ello, determinó que correspondía su exclusión de la lista.

DEFENSA APELA Y CASO SERÁ RESUELTO POR JNE

El 19 de febrero, el personero legal de Somos Perú presentó sus descargos. Sostuvo que el candidato cumplió la condena y obtuvo la rehabilitación automática, por lo que consideró innecesario declararla. Además, argumentó que el Tribunal Constitucional señaló que no corresponde sancionar la omisión de datos que ya figuran en registros públicos.

La defensa también afirmó que la exclusión es desproporcionada y afecta el derecho a la participación política. Defendió que su omisión no fue dolosa y que la propia autoridad electoral podía verificar la información

Tras conocerse la decisión de exclusión, el personero presentó un recurso de apelación. El JEE concedió el recurso y dispuso elevar el expediente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que deberá resolver en segunda y última instancia.

El Pleno del JNE tiene plazo hasta el 13 de marzo para emitir una decisión definitiva. Hasta el momento no se confirmó la fecha ni la hora de la audiencia pública.

En el actual proceso electoral rumbo a las Elecciones Generales 2026, el JNE reiteró que la transparencia en las hojas de vida es un requisito clave para garantizar que los ciudadanos voten con información completa sobre los candidatos. La decisión final determinará si José Romero Oscco continúa en carrera o queda fuera de la contienda electoral.

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