La ampliación fue establecida mediante el Decreto Supremo 131-2021-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante la prórroga queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas velarán por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia nacional, conforme a la normativa vigente.
La norma precisa, además, el nivel de alerta por provincia y departamentos:
Nivel de alerta moderado por departamento: Huánuco, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura y Ucayali.
Nivel de alerta alto por departamento: Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Pasco, Puno, San Martín, Tumbes y Provincia Constitucional del Callao.
Nivel de alerta muy alto por departamento: Arequipa, Moquegua y Tacna. Ninguna provincia se encuentra en nivel de alerta extremo, como anunció el último miércoles el Ejecutivo.



