El gobierno de Dina Boluarte publicó en el diario oficial El Peruano la ley N° 32130, medida que otorga a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de realizar la investigación preliminar el delito quitándole funciones a la Fiscalía; así la presidenta Dina Boluarte no escucha a la crítica que la vincula con el prófugo Vladimir Cerrón y publica ley que entorpecerá el trabajo del Ministerio Público en la persecución del delito.
La N° 32130 modifica el Código Procesal Penal del Decreto Legislativo 957, con la finalidad de quitarle funciones al Ministerio Público para entregarle la investigación preliminar a la policía.
Junta de Fiscales llama inconstitucional a ley que autoriza a la PNP investigar delitos
La ley establece funciones de la PNP y la Fiscalía, así señala “La Policía Nacional del Perú tiene a su cargo la investigación preliminar del delito y, en tal sentido, realiza las diligencias que, por su naturaleza, correspondan a dicha competencia”.
Por lo que la investigación preliminar lo realizará la PNP, de la siguiente manera, “El Ministerio Público está obligado a actuar con objetividad, indagando por intermedio de la Policía Nacional del Perú los hechos constitutivos del delito, que determinen y acrediten la responsabilidad o inocencia del imputado”.
Es decir, la Fiscalía “conduce jurídicamente los actos de investigación que realiza la Policía Nacional del Perú”, lo que en la práctica entrega a la policía toda la investigación del delito y relega al fiscal aun trabajo documentario de gabinete, así la policía será quien salga al campo a recabar todas las pruebas del delito.
Esta ley es inconstitucional
El artículo 159 de la Constitución Política del Perú señala en el numera 4, que una de las funciones del Ministerio Público es “Conducir desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito, la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función”.
Por lo que la Ley N° 32130 sería inconstitucional, ya que va en contra de la Constitución al entregar totalmente a la PNP la investigación preliminar, cuando la carta magna del Perú establece que la Fiscalía conduce desde el inicio la investigación del delito, es decir la policía no puede asumir las funciones del Ministerio Público.
La Policía no puede investigar el delito
La periodista y abogada, Rosa María Palacios señala, “La Policía es una institución que depende del Ministerio del Interior y el ministro del Interior es parte del Consejo de Ministros. La Policía es un brazo ejecutor del Poder ejecutivo”.
Rosa María Palacios afirma “la Policía no tiene formación jurídica, así el policía no ha sido formado para ser abogado, por ello su objeto es capturar al delincuente”; es decir el policía sólo captura al delincuente y lo entrega a la justicia para que los profesionales del derecho se encarguen de investigar el delito y determinar la responsabilidad del delincuente.
La periodista Palacios señala “No puedes poner a un policía a administrar el derecho”, por lo que se debe respetar el ordenamiento jurídico y poner a todos en su lugar, al Policía a capturar al delincuente y entregarlos a la justicia, el Fiscal investiga el delito y acusa y finalmente el Juez dicta la sentencia.
¿Qué es la investigación preliminar?
La investigación preliminar es el paso antes de la investigación preparatoria, donde se realizan “los actos urgentes o inaplazables para verificar si han tenido lugar los actos conocidos y su delictuosidad, así como asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las personas involucradas y asegurarlas debidamente”.
Es decir, es el proceso por el cual se determina si un hecho puede ser parte de un delito y para ello se aseguran los elementos materiales con el que se cometió el delito y se identifica a los involucrados en el hecho; por lo que es una fase muy importante en la persecución del delito.
Con el Código Procesal Penal original, la investigación preliminar podía durar un plazo de 20 días, donde el Fiscal es el encargado de conducir, directamente o con la intervención de la Policía, las diligencias preliminares de investigación para determinar si debe pasar a la etapa de Investigación Preparatoria.
Sin embargo, con la ley No 32130, investigación preliminar del delito está a cargo de la PNP y ya no del Fiscal, que se limita a la conducción jurídica o sea dar el permiso al policía para que inicie la investigación.
¿Cómo se realizará la investigación preliminar?
Tal como dice en el Artículo 330 de la ley No 32130, “El Fiscal o la Policía, al tener conocimiento de un delito de ejercicio público de la acción penal, podrá constituirse inmediatamente en el lugar de los hechos con personal policial y medios especializados necesarios y efectuar un examen con la finalidad de establecer la realidad de los hechos y, en su caso, impedir que el delito produzca consecuencias ulteriores y que se altere la escena del delito”.
Con esta ley no será necesario que el Fiscal acompañe al policía a realizar las diligencias preliminares de un delito, por lo que recaerá totalmente en la policía el impedir que se altere la escena del delito. Aspecto que genera controversia al ser poco fiable la institución policial ya que está bajo las órdenes del Poder Ejecutivo.
El gobierno protege a Vladimir Cerrón
La encuestadora Datum realizó una encuesta durante la primera semana de septiembre donde preguntó ¿Cuál es la razón por la que Vladimir Cerrón aún no ha sido capturado?; así el 55% de los encuestados respondió que se debía a que el gobierno lo está protegiendo.
Esto tras la polémica de la presencia de los vehículos presidenciales utilizados por Dina Boluarte cerca al lugar donde supuestamente se escondía Vladimir Cerrón.
En febrero del 2024, un auto negro de marca Lexus, de placa EGR 844, perteneciente al Despacho Presidencial, y una camioneta gris de la marca Volkswagen Tiguan, de placa EPF-852, vehículo utilizado por la presidenta Boluarte en actividades oficiales, fueron vistos el 24 de febrero en un grifo cercano a donde se habría escondido Vladimir Cerrón y lugar donde se realizó un operativo para capturarlo sin éxito.
Por esto genera sospecha que el Ejecutivo no haya observado una ley que atenta contra la constitución y evidencia el interés del Gobierno por controlar el aparato de justicia y socavar la separación de poderes en el Perú.
Ley N° 32130: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2332876-1
Rosa María Palacios sobre ley que entrega la investigación preliminar a la PNP: https://www.youtube.com/watch?v=upzuhhAgngc