En esa línea, indicó que la difusión de propaganda electoral solo está permitida en espacios privados, previa autorización del propietario, más no en calles o en entidades del Estado.
“Desde la Defensoría les recordamos a las organizaciones políticas que el derecho a elegir y ser elegidos debe darse plena democracia que rige un proceso electoral. Por ello, es importante que cumplan con el reglamento de propaganda electoral”, mencionó.
En tanto, solicitó a las municipalidades para que en coordinación con el Área de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y personal de la empresa Electrocentro, procedan con el retiro de afiches propagandísticos en postes de alumbrado público, por generar riesgo a la integridad de la población.
Este problema sería recurrente en los distritos de San Juan Bautista, Jesús Nazareno, Carmen Alto y Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, en donde se instaló gran cantidad de afiches.
En relación a ello, el defensor dijo que los gobiernos locales tienen la competencia para regular las autorizaciones en cuanto a la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, así como su retiro. Vale precisar que, de existir infracción, el Jurado Electoral Especial (JEE) ordena el cese o el retiro de la propaganda en cuestión. Al incumplirse lo dispuesto, este órgano de primera instancia procede a amonestar y a imponer una multa al transgresor, la cual oscila entre 30 a 100 UIT.
Los incidentes son reportados por los fiscalizadores del JNE al JEE, quien se encarga de efectuar el trámite correspondiente a estos expedientes, a fin de determinar si se produjo alguna infracción a las normas sobre propaganda electoral.