La Comisión contra la Desaparición Forzada (CED) de la Organización de Naciones Unidas (ONU) cuestionó al Estado peruano sobre la Ley N° 32107, norma promulgada por insistencia en agosto de 2024 que establece la prescripción de los crímenes de lesa humanidad y de guerra cometidos antes del 1 de julio de 2002.
Durante la sesión realizada el 19 de marzo, los relatores de la CED advirtieron que esta ley podría archivar alrededor de 600 casos en proceso, según la Junta de Fiscales Supremos del Perú. Además, señalaron que la norma atenta contra la independencia judicial, pues obliga a jueces y fiscales a cerrar investigaciones de oficio.
Otro de los puntos cuestionados fue el debilitamiento de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas, entidad encargada de localizar a más de 23,000 víctimas del conflicto armado interno. Según la ONU, la reciente reestructuración de esta oficina ha reducido su autonomía y recursos, lo que afecta directamente su labor.
En respuesta, el representante del Estado peruano, Luis Fernando Domínguez, sostuvo que la constitucionalidad de la ley debe ser resuelta por el Tribunal Constitucional. Sin embargo, los miembros de la ONU recalcaron que Perú, al haber ratificado la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, está obligado a rendir cuentas ante los organismos internacionales.
Organizaciones de derechos humanos han calificado la norma como una “Ley de Impunidad” y han advertido que el Tribunal Constitucional, bajo influencia política, podría validar la medida. La ONU emitirá en los próximos días un pronunciamiento oficial sobre la respuesta del Estado peruano.
Síguenos también en nuestras redes sociales:
Búscanos en Facebook, Twitter, Instagram y además en YouTube. Únete también a nuestro canal informativo de WhatsApp haciendo clic AQUÍ.



