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JNE inscribirá a movimientos regionales

Ello de acuerdo a las funciones registrales que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) del JNE les ha delegado conforme al artículo 78° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444) y el artículo 16° del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas.

Cabe precisar que el artículo 4° de la Ley de Organizaciones Políticas establece que las agrupaciones políticas que deseen participar de una elección deben contar con inscripción vigente en el ROP, como máximo a la fecha de vencimiento del plazo para la convocatoria a dicho proceso; es decir, 270 días calendario antes del primer domingo de octubre del año en que finaliza el mandato de las autoridades regionales y municipales.

En el caso de la ERM 2022, el plazo aproximado será la primera semana de enero de 2022.
Las solicitudes de inscripción de movimientos regionales de Amazonas y San Martín se podrán presentar en la OD de Amazonas (Chachapoyas) y las de Áncash en la OD de este departamento cuya sede se encuentra en Huaraz.
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