La medida será aplicado a partir del siete de diciembre de 2020 por un plazo de 90 días calendarios, medida que se dio a conocer mediante el Decreto Supremo N° 031-2020 publicada en el diario Oficial El Peruano.
Asimismo, en el documento detalla que se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID 19”.



