La Fiscalía emitió un pronunciamiento rechazando la publicación de la ley Nº 32107, ley que prescribe los delitos de lesa humanidad ocurridos antes del 2002; así mismo anuncia que el Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana presentará una demanda de inconstitucionalidad en contra de la misma ley.
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El pronunciamiento indica que rechaza la ley Nº 32107 porque vulnera la autonomía e independencia funcional de los magistrados, por lo que impide que el Ministerio Público ejerza su función de defender la legalidad y perseguir el delito; así como impedir las investigaciones vigentes y sentencias.
Detalla que esta ley tendría un impacto negativo en la tramitación de las investigaciones y procesos judiciales de 38 casos de gravedad como:
Investigación preliminar:
| 1) Madre Mía, | 3) Chambara | 5) Lurigancho, | 7) Galván Borja, |
| 2) Humaya | 4) Geotendia, | 6) Paccha I y II, |
Casos de procesos en emitir la acusación fiscal:
| 8) Soras, | 10) Ventocilla, | 12) Tabalosos, |
| 9) Pichari, | 11) Las Gardenias, | 13) Chuschihuico. |
Etapa de juicio oral:
| 14) Chuschi, | 19) Barrios Altos y El Santa, | 24) Hilario Trucios, |
| 15) Huanta 84, | 20) Huancapi, | 25) Cantuta-Pativilca, |
| 16) Huancapi, | 21) Cedruyo, | 26) José Navarrete Cabrera, |
| 17) El Frontón, | 22) Sobres Bomba, | 27) Umasi Raccaya |
| 18) Universidad del Centro, | 23) Accomarca, | 28) Mamérita Mestanza. |
Casos con sentencia:
| 29) Chumbivilcas | 32) Totos, | 35) Comando Rodrigo Franco, |
| 30) Chuschi I | 33) Cabitos 1983, | 36) Martín López Rimachi |
| 31) MMMB, | 34) Santa Bárbara, | 37) La Rosa Bustamante. |
La Junta de Fiscales Supremos afirma que esta ley atenta contra la defensa de los derechos humanos debido a que se contrapone a los estándares internacionales en esta materia reconocido por diversos tratados internacionales de carácter regional y universal a los que el Perú ratificó su compromiso.
El Ministerio Público informa que el Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana, interpondrá una demanda de inconstitucionalidad en contra de la ley Nº 32107, esto bajo al Acuerdo N° 6541-2024 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos el 22 de julio.



