InicioELECTORALDinero público se usará para beneficiar a directivos de partidos políticos

Dinero público se usará para beneficiar a directivos de partidos políticos

Partidos políticos aseguran el pago de asesoría y defensa legal con dinero público

Congreso aprobó, el 7 de enero, la restitución del financiamiento privado a los partidos políticos con 14 votos a favor, 8 en contra, donde se mantiene el financiamiento público a los partidos políticos que obtengan votos en las elecciones; así este dinero será usado para financiar la defensa de sus directivos, representantes y voceros.

La Comisión Permanente aprobó, en segunda votación, el texto sustitutorio del dictamen recaído en los proyectos de ley No 3153 entre otros, que restituye el financiamiento privado a las organizaciones políticas.

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¿Quiénes recibirán financiamiento del Estado?

Esta ley aprobada por el Congreso pretende modificar el artículo 29 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas según la cual, solo los partidos políticos y alianzas electorales que obtienen representación en el Congreso reciben del Estado financiamiento público directo.

El Estado destinará para este propósito el equivalente al 0,1 % de la unidad impositiva tributaria (UIT) por cada voto emitido para elegir diputados y senadores. Esta cifra con la UIT del 2025 sería S/.5,35, por lo que los partidos recibirán más de cinco soles por cada voto que sirvió para poner a sus representantes en el Congreso.

Dinero será para financiar a líderes del partido

Esta ley también contempla otra modificatoria para que hasta el 50% de este financiamiento público sea usado por los partidos, entre otras cosas, para gastos en servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política y a sus directivos, representantes y voceros.

Con esto aseguran la defensa legal de los integrantes de los partidos políticos, lo cuales no ocupan cargos públicos y aún así su defensa será pagada por el Estado; ya que hasta ahora este dinero podía ser usado para el funcionamiento ordinario, en la adquisición de inmuebles y mobiliario.

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También para otros bienes necesarios para atender actividades relacionadas al objeto de la organización política y para la contratación de personal.

La medida aprobada por el Congreso establece que “en caso de dictarse sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, se debe devolver el dinero empleado para tal fin”; es decir si el directivo, representante o vocero es sentenciado entonces tendrá que devolver todo este dinero del Estado, ya que se encontró culpable del delito.

Dinero público también financiará redes sociales de partidos

La modificatoria aprobada señala que no menos del 50 % del financiamiento público directo recibido será para financiar, entre otras cosas, a “la implementación o mantenimiento de canales o plataformas institucionales de comunicación como publicaciones en medios físicos o digitales u otras homólogas”.

El dinero público otorgado a los partidos políticos también financiará a sus canales en redes sociales; así como las publicaciones que estas organizaciones realicen en medios físicos o digitales, por lo que tendrán una cuota del control mediático.

Hasta ahora este porcentaje del financiamiento público directo recibido era usado en actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de estos partidos, bajo criterios de igualdad, paridad y no discriminación entre hombres y mujeres.

Estas actividades pueden estar orientadas a los procesos electorales convocados e involucrar realización de encuestas, desarrollo de sistemas informáticos o herramientas digitales y procesamiento masivo de datos; pero con la modificación además de todo esto también será para pagar a medios de comunicación afines a los partidos.

Texto sustitutorio: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MjQ1NDc3/pdf

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