El Poder Judicial declaró improcedente la medida cautelar presentada por Renzo Reggiardo para suspender la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026, programada para definir al próximo presidente de la República. La decisión fue emitida por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, que concluyó que no se cumplieron los requisitos legales necesarios para detener el proceso electoral.
La solicitud fue formulada dentro de un proceso de amparo promovido contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Tras evaluar el pedido y la documentación incorporada al expediente, el juzgado determinó que no existían elementos suficientes para justificar una medida cautelar mientras se resuelve el fondo del caso.
Según la resolución, la admisión a trámite de una demanda no implica por sí sola la existencia de una apariencia de derecho que permita otorgar una medida cautelar. El magistrado señaló que la controversia planteada debe ser analizada durante el desarrollo del proceso judicial, sin adelantar una decisión sobre el resultado final.
Uno de los aspectos centrales de la evaluación fue el requisito denominado “peligro en la demora”, que exige demostrar la posibilidad de un daño inminente e irreparable si no se adopta una medida urgente. El juzgado concluyó que este elemento no fue acreditado por el solicitante, por lo que no correspondía ordenar la suspensión de la segunda vuelta.
La resolución también analizó el impacto que tendría una eventual paralización de los comicios. El magistrado advirtió que suspender la elección podría afectar el derecho al sufragio de millones de ciudadanos que participaron en la primera vuelta y esperan completar el proceso para elegir a las máximas autoridades del país.
Asimismo, señaló que una postergación indefinida alteraría el desarrollo regular del calendario electoral y retrasaría la expresión de la voluntad popular a través de las urnas. Por ello, consideró que los efectos de una suspensión resultarían más gravosos que los que se pretende evitar mediante la medida cautelar.
Con esta decisión, el cronograma electoral continúa vigente y las autoridades mantienen la organización de la segunda vuelta presidencial. En tanto, el proceso de amparo presentado por Reggiardo seguirá su curso en la vía judicial hasta que se emita un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia.
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