Al respecto, el representante de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho, Gustavo Pacheco, señaló que para aplicar estas sanciones las municipalidades deberán modificar a un corto plazo sus ordenanzas municipales a fin de que se dispongan las multas o suspensiones en aquellos giros de negocio que no quieran acatar esta disposición.
“Los gobiernos locales pueden fiscalizar a través de una ordenanza, para que se regule el código de infracción, esperamos que las modificaciones puedan ser oficializadas en los siguientes días”, refirió el defensor.
Se logró saber que los dueños de los locales que no exijan el carnet de vacunación con las dos dosis, ya sea físico o virtual, podrían ser sancionados con una multa de hasta 880 soles. En tanto, el local sería clausurado por la municipalidad de su jurisdicción.
De otro lado, las personas que acudan a un establecimiento cerrado y que no tengan el carnet correspondiente, también podrían ser multados con 88 soles. Para hacer efectivo las multas estas deben ser oficializadas en el marco de las competencias que tienen los municipios.



