José Carlos Mallma | El Diario de Polideo
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La Comunidad Andina de Naciones (CAN) constituye uno de los procesos de integración regional más antiguos del mundo. Fue creada el 26 de mayo de 1969 con la suscripción del Acuerdo de Cartagena, inicialmente conocido como Pacto Andino, por Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú. Posteriormente, Venezuela se incorporó en 1973, mientras que Chile se retiró en 1976 y Venezuela hizo lo propio en 2006. Actualmente, la CAN está integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
Su nacimiento ocurrió apenas doce años después de la firma del Tratado de Roma, del 25 de marzo de 1957, mediante el cual se creó la entonces Comunidad Económica Europea, hoy Unión Europea. Ambos procesos compartieron un objetivo común: promover la integración económica y fortalecer el desarrollo de sus Estados miembros mediante instituciones supranacionales.
En materia de propiedad intelectual, la Comunidad Andina ha alcanzado importantes niveles de armonización normativa. Los países miembros comparten un régimen jurídico común integrado como: la Decisión 486, que regula la propiedad industrial; la Decisión 351, que protege los derechos de autor y derechos conexos; y la Decisión 345, que garantiza los derechos de los obtentores de variedades vegetales.
Estas decisiones tienen carácter obligatorio y aplicación directa en los Estados miembros, constituyendo uno de los sistemas de integración normativa más avanzados de América Latina. Su correcta interpretación y aplicación se encuentra garantizada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, creado en 1979, cuya jurisprudencia ha contribuido significativamente a uniformizar los criterios jurídicos en materia de propiedad intelectual.
Los avances alcanzados durante las últimas décadas son innegables. Sin embargo, cuando se observa el desarrollo de otros procesos de integración, resulta evidente que la Comunidad Andina aún tiene un largo camino por recorrer.
La Unión Europea comprendió tempranamente que la integración económica también requería una uniforme protección de las invenciones. Por ello, creó en 1977 la Organización Europea de Patentes – EPO, encargada de administrar el sistema de concesión de la patente europea. Décadas más tarde, el 1 de junio de 2023 entró en funcionamiento el sistema de patente unitaria europea, uno de los mayores hitos de la integración jurídica europea en materia de propiedad industrial.
Este nuevo sistema permite que, mediante un único procedimiento, un inventor obtenga un título con efectos uniformes en los Estados participantes, reduciendo considerablemente los tiempos y costos para la protección de las innovaciones tecnológicas. Surgiendo así la patente unitaria europea.
En contraste, el principal avance reciente de la Comunidad Andina ha sido la aprobación del Manual Andino para el Examen de Patentes, cuyo objetivo consiste en uniformizar los criterios técnicos aplicados por los examinadores de las oficinas nacionales de propiedad industrial. Sin duda, se trata de un paso importante hacia la armonización administrativa; sin embargo, resulta insuficiente frente a los desafíos de la economía basada en el conocimiento.
Dado que ya existe la integración normativa. Lo que nos falta es la integración institucional.
Ha llegado el momento de que la CAN avance hacia la creación de una Oficina Andina de Patentes, como órgano técnico especializado encargado de administrar un sistema regional de protección de las invenciones. Una vez consolidada esa estructura administrativa, el siguiente paso natural sería la implementación de una Patente Andina Unitaria, con efectos jurídicos uniformes en todos los países miembros.
Los beneficios serían significativos. Un inventor peruano que obtuviera una patente andina vería protegida automáticamente su invención en Bolivia, Colombia y Ecuador, sin necesidad de presentar otras solicitudes en cada jurisdicción. Lo mismo ocurriría con los inventores de cualquiera de los demás países miembros.
Ello reduciría sustancialmente los costos de protección de las invenciones, simplificaría los procedimientos administrativos, fortalecería la seguridad jurídica y fomentaría la transferencia tecnológica dentro de la región. Asimismo, haría más atractivo el mercado andino para la inversión en investigación, desarrollo e innovación, incrementando la competitividad de nuestras empresas, centros de investigaciones y universidades.
Desde luego, para alcanzar este objetivo se requiere voluntad política. Será necesario armonizar la organización y funcionamiento de las oficinas nacionales de patentes, uniformizar procedimientos administrativos, fortalecer los mecanismos de cooperación técnica y avanzar progresivamente hacia una autoridad regional con competencias compartidas. Se trata de un desafío institucional importante, pero plenamente compatible con el grado de integración jurídica que la Comunidad Andina ya ha alcanzado en materia de propiedad intelectual.
La reciente renovación de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino abre una oportunidad histórica para impulsar esta iniciativa. Promoviendo de manera activa la integración regional y generando beneficios tangibles para los ciudadanos andinos.
La creación de una patente andina unitaria no solo representaría uno de los mayores logros de la integración regional en materia de propiedad industrial; también constituiría una poderosa herramienta para impulsar la innovación, facilitar la transferencia tecnológica y fortalecer la competitividad de nuestras economías.
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