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Ley incluye a las “Meliponas” como especies de protección y autoriza su aprovechamiento

Se aprobó en el Congreso incluso sin la opinión favorable de instituciones del sector.

La ley No 32235, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el día 9 de enero del 2025, declara a las “abejas sin aguijón” o Meliponas como especies de protección y autoriza su aprovechamiento en la apicultura y en la agroindustria. Anteriormente la ley sólo protegía a la abeja común doméstica (pis mellífera).

La ley 32235, modifica a su antecesora, la ley 26305; así la reforma declara de interés nacional a la apicultura y la actividad agro-industrial de los productos apícolas por su importancia económica, social y ecológica.

La misma ley dispone la proteccióna la abeja doméstica —abeja apis mellífera—, a las abejas nativas sin aguijón o meliponas y a las especies de abejas nativas como insectos útiles, así como a la flora apícola y melipona como riqueza nacional evitando su tala indiscriminada y propiciando su reforestación, conservación, investigación científica y promoción como actividad productiva sostenible”.

Con esto incluye a las meliponas como especies en protección y de interés nacional para su conservación, investigación científica y promoción como actividad productiva sostenible. Anteriormente, con la ley 26305, esta declaratoria contemplaba solo a la abeja doméstica.

¿Qué es la melipona?

La melipona o “abeja sin aguijón” son insectos, que en comparación con las abejas domésticas, son más sociables ya que carecen de aguijón, por lo que no representan un peligro para las personas del entorno; así mismo la melipona produce menor miel, pero de mayor importancia por sus propiedades curativas.

Entre la familia de las meliponas, se encuentra la tetragonisca angustula, que se caracteriza por su forma estilizada y diminuta, habitan en países de sudamérica y centroamérica donde cada lugar recibe un nombre distinto como abeja angelita, yatey, doncella, chumelo, mariola, ramichi, abeja señorita, gimero y mariaseca.

En Perú en la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Tingo María (PNTM) es conocida como ramichi y en las comunidades asháninkas del Valle de los Ríos Apurimac, Ene y Mantario (VRAEM) se las conoce como shinkenka.

¿Cómo se aprobó?

Esta ley tiene como antecedente el proyecto de ley No 4994, impulsado por el grupo parlamentario Alianza Para el Progreso (APP), esta iniciativa fue aprobada por la Comisión Agraria del Congreso el 2 de agosto del 2023, para lo cual esta comisión pidió la opinión de varias instituciones.

Se pidió opinión al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la Universidad Nacional Agraria La Molina, la Confederación Peruano de Apicultores (COPEAPI) y a la Confederación Nacional de Apicultores del Perú; de todos estos organismos consultados, solo uno respondió por lo que el resto mostraron gran desinterés.

¿Cómo se justifica la medida?

La respuesta de la Confederación Nacional de Apicultores del Perú dice, “Mediante la presente propuesta se busca beneficiar a miles de jóvenes de pueblos originarios y pobladores que viven de la apicultura y la meliponi cultura, así como el medio ambiente”.

Entre la justificación de la propuesta de ley, la congresista María Grimaneza Acuña Peralta señala “Una ley a favor de las abejas nativas sin aguijón incentivaría el uso de prácticas agrícolas sostenibles que protejan a las abejas y otros polinizadores, como la reducción del uso de pesticidas y la creación de áreas de refugio para abejas”.

Ley 32235: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2360361-5

Dictamen del PL 4994: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MTIyMTk3/pdf

PL 4994: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MTAwODI2/pdf

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