Es de obligatorio cumplimiento. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa 000457-2023-CE-PJ, aprobó la normativa que regula la inscripción, variación y cese en el registro de víctimas con medidas de protección, que asegure la integridad física, psicológica y sexual de la víctima.
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Dicha normativa está basada en erradicar, prevenir y sancionar toda forma de VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, especialmente cuando las víctimas se encuentren en condición de vulnerabilidad por la edad o situación física de los niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
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La norma establece que los órganos jurisdiccionales son responsables de inscribir, variar o cesar las medidas de protección en el Registro de Víctimas de Medidas de Protección – REVIMP, a través del Sistema Integral de Justicia con la finalidad de coadyuvar a la mejor protección de las víctimas.
El Dato. El acceso al sistema de consultas web es de uso exclusivo de las partes procesales y entidades legitimadas.
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