La Comisión de Descentralización del Congreso aprobó el dictamen para que serenos utilicen pistola eléctrica o de electrochoque en sus intervenciones y como mecanismo de defensa; sin embargo, la medida no tuvo opiniones a favor de instituciones competentes y aún así se aprobó el documento el cual permite al personal de seguridad municipal contar con escudos, aerosoles de pimienta, chalecos antibalas en el cumplimiento de sus funciones.
Se trata de los proyectos de ley No 07874 y No 10075, el primero presentado por el alcalde del distrito de Santiago de Surco, Carlos Bruce Montes de Oca y el segundo por el congresista Diego Bazán del partido Renovación Popular; así ambas propuestas fueron unificadas en un solo dictamen aprobado por la comisión.
La Comisión de Descentralización Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado en el Congreso, el martes 1 de abril, aprobó la iniciativa que modifica el artículo 20 de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal.
Esta modificación señala; “Los medios de defensa, según los recursos de cada municipalidad, son los siguientes: grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta, armas de electrochoque y chalecos antibalas para el cumplimiento de sus funciones; teniendo como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas”.
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Nadie está a favor
La Comisión de Defensa del Congreso pidió la opinión de diversas instituciones; así la Municipalidad Metropolitana de Lima señaló que no tiene opinión favorable, ya que considera que dotar a los serenos municipales de pistolas eléctricas los convertiría en agentes reactivos, lo cual desnaturaliza su función que es solo preventiva y disuasiva.
La Asociación de Municipalidades del Perú también fue consultada y emitió una opinión desfavorable a la medida; así señala que los serenos no están facultados para emplear las pistolas eléctricas, aunque sean armas no letales; además recalca que la función de los serenos es apoyar a la Policía Nacional.
El Ministerio del Interior también dio una opinión similar al declarar la inviabilidad de la propuesta y afirma que la Constitución Política y la normativa vigente establece límites a las funciones del serenazgo y la exclusividad de la Policía Nacional del Perú en el mantenimiento del orden interno; así recalca que el sereno no puede asumir competencias policiales.
El Ministerio de Salud también comparte esta línea y advierte que la implementación de estos instrumentos de electrochoque debe ser implementado con condiciones estrictas ya que los llamados “taser” pueden generar riesgos en las personas, como arritmias cardíacas, fallas respiratorias y lesiones por caídas por ello afirma que su uso requiere protocolos de emergencia y monitoreo.
A pesar de estas observaciones, la Comisión presidida por la congresista Ana Zegarra Saboya, aprobó la medida con una mayoría de votos; así la misma parlamentaria afirmó; “El proyecto busca garantizar la seguridad de los ciudadanos frente a la ola de delincuencia”.
Nota:
Este artículo se basa en información oficial del dictamen que une los proyectos de ley N° proyectos de ley No 7874 y No 10075.
Enlace 2: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MjY3NDQ4/pdf
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