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Día del trabajo: ¿Qué monto recibirán quienes laboren el sábado 1 de mayo?

Asimismo, remarcó que para el caso del trabajador que labore el 1 de mayo, sin descanso posterior, percibirá tres remuneraciones diarias: una por el feriado y doble por haber laborado en día feriado. Por ejemplo, si la remuneración mensual es S/ 1.500, la remuneración diaria será de S/ 50. Si trabaja en este feriado sin descanso posterior percibirá 50×3, es decir, S/ 150.

Si existe un acuerdo entre el empleador y el trabajador para que éste labore el 1 de mayo con descanso posterior, ya no hay pago adicional por haber trabajado en día feriado, pues en este caso el trabajador tendrá un día de descanso (pagado) diferente al 1 de mayo.

Igualmente, para los que trabajan a destajo, el pago por el Día del Trabajo es igual al salario promedio diario que se calcula dividiendo entre 30 la suma total de las remuneraciones percibidas en los últimos 30 días consecutivos o no al 1 de mayo.

Además, precisó que el que el trabajador no está obligado a laborar durante el feriado nacional ya sea con el pago adicional o con descanso compensatorio. “Si el personal no trabaja, siempre tendrá derecho al pago del feriado obligatorio, sin laborar”, detalló.

Santillana Cisneros indicó que cuando el Día del Trabajo coincide con el día de descanso semanal, se le debe pagar al trabajador un día de remuneración por el citado feriado, además de la remuneración por el descanso semanal.

Agregó que la regla que antecede sólo es aplicable al feriado 1 de mayo conforme al artículo 9 del Decreto Supremo 012-92-TR.

Por ejemplo, mencionó que para el trabajador cuyo descanso semanal es el sábado 1 de mayo y percibe S/ 1.200 mensuales, su remuneración diaria se obtiene dividiendo S/1.200 entre 30 días, esto es S/ 40 por día. En el caso expuesto, recibirá ese monto por el feriado más otros S/ 40 por su descanso semanal. Acotó Yuseph Santillana.

Servidores públicos: Los trabajadores del sector público sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, N° 728 y régimen CAS, también tienen derecho al descanso por ser 1 de mayo, Día del Trabajo.

Desde la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo conmemoramos y expresamos nuestro reconociendo a cada trabajadora y trabajador que con esfuerzo aporta a proteger la vida y sostener el país, durante esta difícil coyuntura que actualmente vivimos.

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