Círculo del poder

Como saben la Constitución vigente establece determinadas atribuciones a cada poder del Estado, en su relación con los otros, así el Parlamento, puede interpelar y censurar Ministros, llevar adelante juicios políticos y sometes a altos funcionarios a acusación constitucional, e incluso votar por la vacancia presidencial dentro de las causales que establece la carta magna.

Por su parte el ejecutivo, puede solicitar facultades para legislar, observar leyes, plantear cuestión confianza y hasta disolver el Congreso bajo los presupuestos que contempla la Constitución.

Así el Congreso de la Republica que puede aprobar leyes y en caso estas sean observadas puede hacer uso de su derecho de insistencia, desde su mayoría opositora tiene el incentivo para tratar de limitar la facultad de la cuestión de confianza desde la reforma parcial de la Constitución o desde sus intentos de interpretación auténtica por vía legal, acto inconstitucional a todas luces.

Pero para lograr que prosperen esos intentos sin que el gobierno no tenga más mecanismos para cuestionarlos necesita un eslabón muy importante, la captura del Tribunal Constitucional, ya que este organismo jurisdiccional autónomo puede convalidar los actos legislativos o políticos en un eventual proceso constitucional.

Así por ejemplo, en caso de una ley vigente por insistencia que el ejecutivo demande su inconstitucionalidad, este podría declarar su constitucionalidad cerrando cualquier tipo de reclamación en ese sentido, igual podría ocurrir con las reformas constitucionales para limitar la cuestión de confianza a aspectos específicos podrían ser convalidados por este Tribunal de lograr se copados por la oposición.

Desde luego también existe la posibilidad del intento de una vacancia presidencial que tendría que ser secundado por el Tribunal Constitucional como ocurrió en el caso de la disolución del Congreso por el ex presidente Martín Vizcarra donde tuvo la última palabra.

Que hubiera ocurrido entonces si el Congreso hubiera logrado nombrar los miembros del TC antes de la disolución, desde luego, estos tribunos hubieran declarado inconstitucional la disolución del presidente y señalado que incurrió una infracción constitucional abriendo la puerta a su vacancia como ocurriría meses después.

Entonces recién podemos entender la importancia estratégica que tiene la designación de los miembros del Tribunal Constitucional quien no solo juega un rol jurisdiccional sino político en el escenario de polarización y enfrentamiento en que se encuentran dos poderes del estado.

Por tanto, la gobernabilidad pasa quizás por establecer mecanismo conjuntos y alternados para su designación como ocurre con los jueces de la Suprema Corte de EE.UU. o que se encargue a un órgano técnico su nombramiento previo concurso de méritos.

Mientras que no se saque de la ecuación al Tribunal Constitucional siempre existirán fuerzas políticas que querrán coparlo para lograr sus favores e inclinar el endeble brazo de la justicia a su favor.

Diario Jornada
Diario Jornadahttps://jornada.com.pe
Somos el diario judicial de la región de Ayacucho, brindamos información plural, verídica y de calidad sobre los acontecimientos más importantes de la región. Con un equipo de periodistas capacitados y comprometidos con la ética profesional, ofrecemos noticias, opinión y análisis en formato impreso y digital.
ARTÍCULOS RELACIONADOS

MÁS POPULAR