Todo ello se sustenta en el Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador sobre conducta prohibida en propaganda electoral, que fue aprobado por el Pleno del JNE en diciembre de 2021, en el cual se indica que a esta máxima sanción se llega mediante un procedimiento gradual.
En la norma reglamentaria se establece que el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente inicia, de oficio o ante una denuncia de parte, la investigación del caso y de determinar la infracción impone una multa equivalente a 30 UIT (138 mil soles).
Si el candidato infractor reincide en la conducta infractora se aplica la sanción de exclusión de la lista de candidatos a los comicios del próximo 2 de octubre. El reglamento también indica que la máxima sanción puede aplicarse de manera directa, cuando el JEE determina que las dádivas entregadas superan las 2 UIT (S/ 9 200).



