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Fiscalía alerta del intento del ministro del interior para entorpecer la detención de hermano de Dina

El ministro desactivó al equipo de fiscales que hoy intervinieron la casa de Nicanor Boluarte.

La noche del 9 de mayo del 2024, el ministro del Interior, Walter Ortiz Acosta firmó la resolución N° 0610-2024-IN que desactivó al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (EFICCOP), el mismo equipo que ejecutó la detención preliminar contra Nicanor Boluarte al día siguiente, por ello la Fiscalía considera que esta acción es una infracción constitucional por tratar de entorpecer la administración de justicia.

El Ministerio Público emitió un comunicado, mientras se ejecutaba la detención contra el hermano de Dina Boluarte, donde señaló que la Fiscalía de la Nación “viene evaluando indicios de una presunta comisión de delitos por parte de altos funcionarios” por los hechos relacionados a la emisión de la resolución ministerial N° 0610-2024-IN.

¿Qué decía el documento?

Esta resolución ministerial fue firmada por el ministro del interior, Walter Ortiz Acosta, con el posible conocimiento de la presidenta Dina Boluarte, dejó sin efecto la resolución ministerial que nombra al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (EFICCOP), así como encargar a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú para que deje de dar apoyo policial al equipo de fiscales.

Tal fue el descaro del gobierno de Dina Boluarte, que la resolución del ministerio del Interior también contempla iniciar investigaciones disciplinarias contra los funcionarios que autorizaron la creación del EFICCOP, alegando “duplicidad de funciones” con la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (DIVIAC).

Lo escandaloso es que esta resolución ministerial se dio un día antes de que el EFICCOP inicie diligencias de detención preliminar contra el hermano de la presidenta, Nicanor Boluarte quien sería el presunto líder de la organización criminal “Los Waykis en la Sombra”, grupo criminal que habría designado a subprefectos para recolectar dinero y firmas con el objetivo de inscribir el partido político de Nicanor.

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La Fiscalía señaló que estos hechos detrás de la emisión de dicha resolución ministerial constituirían delitos cometidos por altos funcionarios señalados en el articulo 99 de la Constitución Política, como lo son presidente de la República y ministros de Estado.

En el mismo articulo de la Constitución se señala que “corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional” y demás funcionarios de alto rango.

Aunque la Fiscalía encuentre pruebas sólidas es difícil creer que la Comisión Permanente del Congreso acusará a Dina Boluarte y al ministro Walter Ortiz, debido al pacto político entre estos dos poderes del Estado Peruano.

El articulo 43 de la carta magna peruana establece que el gobierno es “unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes, por ello los poderes del estado son independientes en sus acciones, por lo que desactivar al EFICCOP con el claro objetivo de evitar la detención del hermano de la presidenta constituiría en una infracción constitucional.

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